En los últimos años, en España se han producido notables avances en materia de conciliación laboral y familiar. Además, las políticas públicas han ido equiparando progresivamente los derechos de los trabajadores por cuenta ajena con los de quienes desarrollan su actividad de manera autónoma, especialmente en lo relativo al permiso de maternidad y paternidad.
La modificación del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, ha supuesto un nuevo paso en esta dirección: actualmente, el permiso laboral que se concede a una madre por el nacimiento y cuidado de su bebé se amplía a 19 semanas para cada progenitor en familias biparentales y a 32 semanas en familias monoparentales, reforzando la igualdad y la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.
Sin embargo, cuando se trata de trabajadoras autónomas, la gestión y el acceso a este derecho siguen implicando ciertos matices. Aunque en términos de duración y cuantía económica la equiparación con las madres asalariadas es prácticamente total, la realidad de una trabajadora por cuenta propia es muy distinta: ¿qué pasa con la continuidad de su negocio, la gestión de clientes o la planificación económica?
Por eso, si estás embarazada o planeas estarlo y trabajas como profesional autónoma en la ciudad condal, resulta clave que te planifiques e informes bien -nuestro consejo es que acudas a una asesoría fiscal para autónomos en Barcelona– para tramitar correctamente tu baja y aprovechar todos los beneficios a los que tienes derecho.
El permiso de maternidad para autónomas: funcionamiento y requisitos
Las personas autónomas pueden acceder a la prestación económica por maternidad siempre que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y cumplan ciertos requisitos de cotización. En concreto, deben haber cotizado al menos 180 días durante los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral. Además, deben estar al corriente en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social.
El permiso tiene una duración estándar de 19 semanas, con las 6 primeras obligatorias e ininterrumpidas tras el parto, y las restantes se pueden disfrutar de manera flexible, incluso a tiempo parcial, hasta que el bebé cumpla 12 meses.
Durante este tiempo, la autónoma percibe una prestación equivalente al 100 % de su base reguladora, es decir, la media de la base por la que venía cotizando. Si la base es la mínima, el importe rondará los 1.100 euros mensuales, aunque puede ser mayor si la cotización es superior.
Durante la baja, la Seguridad Social exonera del pago de la cuota mensual de autónomos, siempre y cuando la prestación esté aprobada y en vigor. Esto supone un alivio importante, especialmente en los casos en los que la actividad profesional no puede mantenerse abierta durante el periodo de baja.
Diferencias entre el permiso de maternidad de una trabajadora por cuenta propia y ajena
En la actualidad, el permiso de maternidad de una trabajadora asalariada y una autónoma son prácticamente iguales en lo que se refiere a duración, flexibilidad, prestación económica…
La mayor diferencia radica en estos aspectos:
- Gestión administrativa de la baja por maternidad: mientras que la trabajadora por cuenta ajena tramitará directamente la baja con su empresa, la trabajadora autónoma debe hacerlo a través de su mutua o directamente acudiendo a la Seguridad Social.
- Cuota mensual durante el permiso de maternidad: esto no aplica para una trabajadora asalariada que no tiene que pagar ninguna cuota relacionada con su trabajo, mientras que la autónoma será exonerada temporalmente de abonar la cuota de este régimen laboral.
- Gestión de la actividad durante la baja: esta es sin duda la mayor diferencia entre ambos regímenes. Mientras que una empleada puede delegar su trabajo a sus compañeros o ser sustituida por quien la empresa considere, la autónoma debe organizarse para que su actividad no se paralice. Existe la opción de contratar a un sustituto mediante un contrato de interinidad bonificado, lo que permite mantener la facturación sin perder el derecho a la prestación.
Conclusión
El permiso de maternidad para personas autónomas es hoy casi equiparable al de las trabajadoras por cuenta ajena en derechos, duración y cuantía. No obstante, las responsabilidades derivadas de mantener un negocio propio hacen que la organización previa y la planificación sean esenciales, así como acudir a profesionales especializados que puedan ayudar en materia laboral, fiscal y contable.
Conocer bien los requisitos, los plazos y las ayudas disponibles te permitirá disfrutar de tu maternidad con la tranquilidad de tener cubierto tanto el aspecto económico como el administrativo. Y si lo gestionas con la ayuda de una asesoría experta, podrás centrarte en lo más importante: cuidar de ti y de tu bebé hasta que decidas llevarlo a una guardería.